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19 de Enero de 2016

Propietarios de taxis colectivos ya pueden postular a reembolso de 5 UTM

En la Región de Coquimbo este bono favorecerá a unos 5.000 propietarios aproximadamente. El beneficio se dará a todos los dueños de taxis colectivos que figuren inscritos actualmente en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.

El Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Óscar Pereira, realizó un llamado para que los propietarios de taxis colectivos postulen al bono de reembolso de 5 UTM. Las postulaciones para este importante beneficio para el gremio de transporte menor, se inician este martes 19 y finalizan el próximo 31 de marzo.

“En la Región de Coquimbo tenemos a unos 5.000 propietarios de taxis colectivos que pueden ser beneficiados por este bono de 5 UTM, por eso llamamos a informarse y postular correctamente para que no tengan contratiempos. Como Gobierno sabemos lo importante que es este beneficio para el gremio de transporte menor de nuestra región, por lo que no duden en realizar todas las consultas que consideren necesarias para realizar con éxito su postulación”, sostuvo el Seremi Óscar Pereira.

Las postulaciones se realizarán a través de la página web de la Tesorería General de la República (www.tesoreria.cl), donde se dispondrá un banner especial para presentar la solicitud. Sólo se harán postulaciones presenciales en el caso de actuar mediante mandato o representante.

En esta sentido, cuando algún propietario ceda el beneficio a su conductor, éste deberá presentar la postulación mediante un mandato y de forma presencial.

Podrán acceder al reembolso los propietarios de taxis colectivos cuyos vehículos figuren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros al 31 de marzo de 2015, 2016 o 2017, según corresponda, que se encuentren inscritos en el mismo momento de solicitar el reembolso.

Asimismo, según  lo establece la ley N° 20.378, podrán acceder al reembolso los propietarios de taxis colectivos a quienes, con posteridad al 31 de marzo de los años 2015, 2016 o 2017, se haya cancelado su inscripción de su vehículo y efectuado su reemplazo por aplicación a lo dispuesto en el artículo 73 del decreto N° 212, siempre que a la fecha de solicitud del reembolso, el vehículo que ingresa en reemplazo del automóvil cancelado se encuentre con inscripción vigente en el Registro.

También podrán postular al reembolso, los arrendatarios con opción de compra de los mencionados vehículos que presenten mandato, por medio del cual la entidad o persona propietaria del automóvil les haya facilitado a percibir el reembolso establecido en la ley.

Las personas que deseen postular al beneficio, deberán presentar los siguientes documentos vía online:

-Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del registro de Vehículos Motorizados del o los vehículos a la fecha de solicitar reembolso.

-En el caso de las personas jurídicas, certificado que acredite estar inscrito en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.

-Certificado de revisión técnica y de emisión de gases vigente al momento de solicitar el reembolso.

-Aquellos postulantes que ingresen por un taxi colectivo que haya ingresado por reemplazo de uno en la base de corte al 31 de marzo de 2015, deben postular a partir del 5 de febrero de 2016.

 -Aquellos postulantes que ingresen por taxis colectivos que no tienen revisión técnica o de gases, pero sí Certificado de Homologación, deben revisar semanalmente su estado de postulación.