Estándares de eficiencia energética de vehículos motorizados livianos
En cumplimiento de la Ley N° 21.305, sobre eficiencia energética, y el Decreto Supremo N°14 de 2022 del Ministerio de Energía, que reglamenta el procedimiento para la fijación de estándares de eficiencia energética vehicular y las normas necesarias para su aplicación, se pone a disposición este sitio, en el que se publicarán los informes parciales, preliminares y definitivos, según corresponda, así como otros documentos relevantes, vinculados a la regulación y cumplimiento de estándares de eficiencia energética de vehículos motorizados livianos.

También se dispone del canal de comunicación (Formulario de Observaciones Informe Preliminar año 2024) para los Importadores y Representantes, requerido por el mencionado reglamento.

- Informe de Cumplimiento Parcial año 2024, vehículos motorizados livianos.
- Informe de Cumplimiento Preliminar año 2024, vehículos motorizados livianos.
- Informe de Cumplimiento Definitivo año 2024, vehículos motorizados livianos.
- Resolución Exenta N°5, de 2022, que Fija Estándar Mínimo de Eficiencia Energética para Vehículos Motorizados Livianos.
Accede al Formulario de Observaciones Informe Preliminar año 2024
SOLO SE CONSIDERARÁN ADMISIBLES LAS OBSERVACIONES RECIBIDAS ENTRE EL 1° Y EL 28 DE FEBRERO DE 2025, AMBAS FECHAS INCLUSIVE.