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Cierre de calles y pasajes que enfrenten vías de la red vial básica

Trámite para municipios. Para establecer un cierre o medida de control de calles, pasajes o conjuntos habitacionales, debe realizar la solicitud al municipio correspondiente. Más información en: https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/cierre-de-calles-y-pasajes

La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que toda solicitud de cierre o de implementación de medidas de control de acceso en calles y pasajes que cuente con un ingreso o salida que acceda o enfrente una o más vías de la red vial básica, requerirá de un informe técnico favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones respectiva.

En ese contexto, el 10 de febrero de 2023, fue publicado y entró en vigor el Decreto Supremo N° 82, de 2022, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, reglamento, que establece el procedimiento para solicitar el informe y las condiciones para otorgarlo, disponible en: www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1188928

Para este efecto, el Ministerio ha puesto a disposición de los municipios una plataforma informática, a la que se puede acceder a través de en la siguiente dirección: https://forms.gle/xrqvLfBEtZBJu7cNA

La plataforma permitirá efectuar la tramitación del informe técnico de manera digital, debiendo los municipios ingresar los antecedentes señalados en el artículo 2° del decreto, en formato de documento portátil (pdf).

Este trámite solo aplica si la calle o pasaje enfrenta una vía de la red vial básica de la comuna. Se recomienda revisar: https://mtt.gob.cl/redvialbasica