| Homologación de Vehículos Livianos, Medianos y Motocicletas
|
"La Homologación Vehicular es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y consiste en el análisis técnico de vehículos motorizados livianos, medianos y motocicletas, que sean prototipos o vehículos de producción de modelos que pretendan comercializarse en el país.
Dicho análisis contempla la constatación del nivel de emisiones de gases de escape y por evaporación de hidrocarburos y cumplimiento de los requisitos de seguridad, dimensionales y funcionales, incluyendo sistemas y componentes.
Por cada modelo aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado de Homologación que señala el modelo de que se trata con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras éste no cambie respecto del prototipo que fue objeto de la homologación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que comercializan de los que conforman la o las partidas de los modelos aprobados.
El vehículo cubierto por un Certificado de Homologación Individual (C.H.I.) vigente, está liberado de revisión técnica y de gases para efectos de obtener permiso de circulación durante el período de validez del Certificado. La revisión técnica y de gases debe realizarse en un plazo no inferior a veinticuatro ni superior a treinta y seis meses contados desde el mes en que se otorgó dicho documento y según corresponda de acuerdo con el último dígito de su placa patente."
|
Cumplir con las normas de emisiones de contaminantes definidas en el Decreto Supremo 211/1991 (vehículos livianos), Decreto Supremo 54/1994 (vehículos medianos) y Decreto 104/2000 (motocicletas) todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y con las disposiciones de seguridad definidas por la Ley del Tránsito y el Decreto Nº 26/2000.
|
Para solicitar la homologación los interesados deben completar los antecedentes que se señalan en el Oficio Nº 76/97 de la Subsecretaría de Transportes en el caso de los vehículos livianos y medianos o el Oficio Nº 957/ 2004 de la Subsecretaría de Transportes en el caso de las motocicletas.
|
Fabricantes o sus representes e importadores de marcas de vehículos motorizados
|
"
• El importador presenta Solicitud de Homologación al 3CV.
• El 3CV otorga fecha para los ensayos.
• El importador entrega al 3CV los antecedentes técnicos descriptivos de la familia de vehículo a homologar.
• El importador cancela el valor del servicio de homologación.
• El 3CV somete a ensayos de emisiones y seguridad a una unidad del modelo (vehículo representativo de la familia).
• El 3CV otorga el correspondiente Certificado de Homologación.
"
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Homologación de vehículos livianos, medianos y motocicletas con motor de gasolina $1.062.267.
- Homologación de vehículos livianos y medianos con motor de diesel $ 2.570.801.
- Homologación de vehículos livianos y medianos motor a gas, GNC o GLP $ 1.832.388.
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Certificación de Emisiones Camiones -Tracto Camiones y Otros Vehículos Pesados
|
"La Certificación de Emisiones de Camiones y Tracto-Camiones es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y se efectúa respecto de los requisitos técnicos y normas establecidas por el D.S. 55 / 1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en cuanto al cumplimiento de los niveles máximos de emisiones, definidos para los motores de camiones y tracto camiones, y de la fabricación de éstos con partes y piezas nuevas sin uso.
Por cada modelo aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado que señala el modelo de camión o tracto camión con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras el vehículo no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que comercializan de los que conforman la o las partidas de los modelos aprobados.
II. Certificación de Emiisoens para Otros Vehículos Pesados
La certificación de Emisiones para Otros Vehículos Pesados es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y se realiza respecto de los requisitos técnicos y normas establecidas por el D.S. 55 / 1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en cuanto al cumplimiento de los niveles máximos de emisiones establecidos para los vehículos pesados ; buses locomoción colectiva urbana y rural (excepto la Región Metropolitana), buses transporte privado, buses transporte público interurbano y todo vehículo cuyo peso bruto vehicular sea superior a 3.860 kg y que no corresponda a la clasificación de camión o tracto camión.
Por cada modelo aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado que señala el modelo de vehículo pesado con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras el vehículo no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que comercializan de los que conforman la o las partidas de los modelos aprobados. "
|
Cumplir con las normas de emisiones de contaminantes definidas en el D.S. 55 / 1994 (PDF, 79 Kb) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
La solicitud de Certificación del motor y los antecedentes que deben ser presentados son los definidos por la Resolución Exenta Nº 2113 de fecha 22 de diciembre de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Fabricantes o sus representes e importadores de marcas de vehículos motorizados
|
"
• El importador presenta solicitud de Certificación de emisiones de motores de vehículos pesados al 3CV.
• El 3CV otorga fecha para la verificación de componentes del motor.
• El importador entrega al 3CV los antecedentes técnicos descriptivos del motor a certificar.
• El 3CV somete a verificación de componente del motor a un vehículo representativo de la familia a certificar.
• El importador cancela el valor del servicio de certificación.
• El 3CV otorga el correspondiente Certificado de cumplimiento de la norma de emisión del motor."
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Certificación de emisiones de camiones o tractocamiones, D.S. Nº 55/94 del MTT $ 213.373.
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Certificación de Vehículos a Gas
|
"La certificación de vehículos a gas es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV, y se aplica a vehículos livianos de pasajeros destinados a transporte de pasajeros (taxis y colectivos), vehículos livianos comerciales y vehículos medianos cuyos motores hayan sido adaptados para el uso de gas natural (GNC) o gas licuado de petróleo (GLP) y certificados en el Centro de Control y Certificación Vehicular en un vehículo nuevo, conforme se señala en el D.S 55/98 y la Resolución Nº65/2000 ambos de la Subsecretaría de Transportes.
La antigüedad de los modelos de vehículos a adaptar no debe superar los 5 años contados a partir de su primera inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados para aquellos que operan en las regiones V, VI y Metropolitana y 7 años para aquellos vehículos que operan en el resto del país, debiendo éstos necesariamente contar con convertidor catalítico y sistema de inyección electrónica.
Por cada configuración de modelo de vehículo-kit de adaptación para el uso de gas aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado en el que se señala la configuración con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras la configuración no cambie sus especificaciones respecto de la que fue objeto de la certificación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que adapten al amparo de la configuración certificada."
|
Cumplir con los requisitos señalados en el Decreto 55/98 y la Resolución 65/2000, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los interesados en realizar este trámite deberán presentar los antecedentes que se indican Oficio circular Nº 1829, del 7 de noviembre de 2000 de la Subsecretaría de Transporte.
|
A empresas del rubro de las instalaciones de equipos para uso de gas en vehículos.
|
"• El interesado presenta al Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) la solicitud de Certificación de Adaptación.
• El 3CV otorga fecha para los ensayos de emisiones y seguridad de la instalación que se realiza sobre una unidad del modelo representativo que se solicita certificar para adaptación.
• El interesado cancela el valor del servicio de certificación de Adaptación definido en el Decreto Nº 33/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
• El interesado presenta el vehículo para los ensayos.
• El 3CV otorga el correspondiente certificado de adaptación para el uso de gas como combustible al modelo solicitado."
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Certificación de aptitud para adaptación de vehículos a gas, GNC o GLP $ 983.497.
- Certificación aptitud para adaptación de taxis a gas, GNC o GLP, para regiones distintas a R.M., V y VI. $ 213.373.
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Certificación Sistemas de Post Tratamiento de Emisiones (Filtros de Partículas)
|
"Los sistemas de post tratamiento de emisiones certificados al amparo de este procedimiento tienen aplicación en buses de trasporte público urbano de Santiago que se encuentran en circulación y cuyos motores cumplan con los niveles de emisión establecidos en los DD.SS. 82/93 ó 130/2001, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
La certificación es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV. Para tales efectos los sistemas deben cumplir con las disposiciones señaladas por el D.S. 65 /2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. "
|
Cumplir con la normativa definida en el D.S. 65/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los Fabricantes, armadores, importadores o sus representante para certificar un determinado Sistemas de Post Tratamiento de Emisiones, deberán ajustarse al procedimiento establecido por la Resolución Exenta 1501/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Fabricantes o sus representantes legales, distribuidores o importadores de buses y de sistemas de postratamiento de emisiones.
|
"• Acreditar que se encuentran en el listado de sistemas ensayados y aprobados que publica la Swiss Agency for the Environment, Forets and Landscape (Vert Filter List) o acreditar que cumplen con las condiciones de medición establecidas por el Código de Regulaciones del Estado de California de los Estados Unidos en el Título 13, Capítulo 14, secciones 2700 a 2710, para un nivel 3 de reducción de Material particulado.
• Alcanzar un nivel mínimo de eficiencia, de un 70% en reducción del Material Particulado.
• Cumplir con un período mínimo de funcionamiento de 8.000 kilómetros o un mes instalado en un vehículo representativo, período durante el cual el vehículo deberá funcionar en condiciones normales de operación para verificar la compatibilidad del sistema de post tratamiento de emisiones, a partir del cumplimiento de:
- Los niveles máximos de ruido para vehículos en uso establecidos por el D.S. 129/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
- La no ocurrencia durante el período, de fallas del motor atribuibles al dispositivo de post tratamiento de emisiones, ni contrapresiones mayores a 200 milibares."
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Certificación de sistemas de post tratamiento de emisiones, D.S. Nº 65/2004 del MTT $ 1.229.622
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Certificación de las Condiciones de Seguridad y Criterios de Construcción de Carrocerías para Buses de Servicios Interurbanos de Transporte Público de Pasajeros.
|
"La certificación es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y se aplica a carrocerías de buses nuevos destinados a servicios interurbanos de transporte público que define el D.S. 212/1992 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y comprende los siguientes aspectos de seguridad que debe reunir la carrocería y que define el D.S. 175/2006 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
1) Comportamiento frente al fuego
2) Resistencia del asiento y sus anclajes
3) Resistencia del cinturón de seguridad y sus anclajes
4) Estabilidad
5) Resistencia de la superestructura "
|
Cumplir con las normas de seguridad definidas en el D.S. 175/2006 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes para certificar un determinado modelo de carrocería, deberán ajustarse al procedimiento establecido por la Resolución Exenta 613/2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes para certificar un determinado modelo de carrocería, deberán ajustarse al procedimiento establecido por la Resolución Exenta 613/2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
"- Presentacion de Antecedentes Tecnicos
- Verificación de los componentes de seguridad
- Emision de Certificado
"
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
No
|
|
Sin costo asociado
|
|
|
ver anlace |
| Certificación Convertidores Catalíticos de Reposición
|
"El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) certifica que un determinado convertidor catalítico de reposición, cumple con los estándares internacionales y con la normativa legal vigente impartida por el Ministerio de Transportes para ser utilizados en una familia de vehículos.
Los convertidores catalíticos de reposición son aquellos destinados a ser usados en reemplazo del que inicialmente traía el vehículo como componente original de fábrica.
Por cada modelo de convertidor catalítico de reposición aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado que señala el modelo del convertidor con sus principales especificaciones, junto al listado de modelos de vehículos que son amparados por la certificación del convertidor.
Este certificado es válido mientras el convertidor no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación."
|
Acreditar el cumplimiento de lo definido en la Resolución Ext. Nº 1455/2000 (PDF, 23 Kb.) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
"Los definidos en el Oficio Circular Nº 110/2000 de la Subsecretaría de Transportes, detallado a continuación:
• Documento fidedigno que acredite que el convertidor catalítico representativo, fue sometido a una acumulación de kilometraje de 40.000 km, a través del sistema de rodado u otro sistema equivalente.
• Documento fidedigno que señale los resultados de emisión obtenidos para cada contaminante, de un vehículo representativo del (los) modelo (s) para el (los) cual(es) se solicita la certificación, esto tanto sin convertidor catalítico y con el convertidor catalítico que fue sometido a la acumulación de kilometraje (40.000 km).
• Cálculo de la Eficiencia del Convertidor Catalítico, para cada contaminante.
• Listado de modelos de vehículos que se solicita sean amparados por la certificación del convertidor."
|
A fabricantes, importadores o representante de ventas de convertidores catalíticos de reposición.
|
"
• El interesado presenta al Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) la solicitud de Certificación del Convertidor de Reposición en conjunto con los antecedentes de las principales características del convertidor conforme señalado en el Oficio Circular Nº 110/2000 de la Subsecretaría de Transportes.
• El 3CV evalúa los antecedentes técnicos de la solicitud.
• El 3CV otorga el correspondiente certificado de convertidor catalítico de reposición."
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
No
|
|
Sin costo asociado
|
|
|
ver enlace |
| Certificación Nivel de Ruido Buses Nuevos de Transporte Público de Pasajeros Urbano y Rural
|
"La certificación del nivel de ruido es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y se aplica a los buses nuevos destinados a prestar servicios de locomoción colectiva urbana en todo el país y aquellos que prestan servicios de locomoción colectiva rural en la Región Metropolitana de Santiago y se realiza respecto de los niveles máximos de emisión de ruido medidos de forma estática y dinámica conforme lo establecido por el D.S. 129/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Por cada modelo de bus aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado que señala el modelo de carrocería y sus aplicaciones con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras el vehículo no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que comercializan de los que conforman la o las partidas de los modelos aprobados."
|
Cumplimiento de Norma de Emisión de Ruido del Decreto Supremo Nº129/2002 del Ministerio y Transporte y Telecomunicaciones.
|
Los fabricantes, armadores, importadores o sus representante para certificar un determinado modelo de bus respecto de sus niveles máximos de ruido se deben ajustar al procedimiento instruido por Oficio Circular N° 69 de 8 de octubre de 2003 de la Subsecretaria de Transportes.
|
Fabricantes o sus representantes legales, distribuidores o importadores de buses.
|
"- Presentacion de solicitud con los antecedentes técnicos
- Ensayo de Emisiones de Ruido
- Emisión de Certificado"
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Certificación de emisiones de ruido de buses de locomoción colectiva urbana o rural $ 72.791.
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Certificación de Dispositivos Electrónicos de Registro para Vehículos de Transporte Interurbano (Tacógrafos)
|
La Certificación de Dispositivos Electrónicos de Registros (DER) para vehículos de transporte interurbano es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del 3CV y consiste en la verificación operacional y funcional de los requisitos señalados en la Resolución 100/2005 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Cumplir con los requisitos definidos en la Resolución 100/2005 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes para certificar un determinado DER, deberán ajustarse al procedimiento establecido por la Resolución Exenta 390/2006 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Fabricantes o sus representantes legales, distribuidores o importadores de buses.
|
Los fabricantes, importadores o sus representante para certificar un DER deberán presentar la solicitud de certificación y los antecedentes técnicos conforme a las pautas generales señaladas en la Resolución Exenta N° 390/2006 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el DER deberá ser presentado en el Centro de Control y Certificación Vehicular en la fecha programada, instalado en un bus para proceder a las verificaciones operacionales y funcionales y la correspondencia con los antecedentes técnicos, finalizadas estas actividades se entregará en Certificado y Código correspondiente.
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
No
|
|
Sin costo asociado
|
|
|
ver enlace |
| Certificación de Características Funcionales y Dimensionales de Buses Estándar Transantiago
|
"Esta certificación se aplica a buses destinados a la prestación de servicios de locomoción colectiva urbana en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto, de las Provincias de Maipo y Cordillera y se realiza respecto de los requisitos funcionales y dimensionales estipulados el articulo 7° del D.S. 122/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y es realizada por este Ministerio a través del 3CV.
Por cada modelo de bus aprobado mediante este procedimiento, el 3CV emite un Certificado que señala el modelo de bus con sus principales especificaciones. Dicho certificado tiene validez mientras el vehículo no cambie sus especificaciones respecto del modelo que fue objeto de la certificación.
A su vez, los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes deben emitir certificados individuales para cada vehículo que comercializan de los que conforman la o las partidas de los modelos aprobados. "
|
Cumplir con las normas de seguridad definidas en el D.S. 122/1991, D.S. 129/2002 y D.S.130/2001 todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
|
Los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes para certificar un determinado modelo de bus, deberán ajustarse al procedimiento establecido en el Ord. Nº1491/2004 de la Subsecretaría de Transportes.
|
A fabricantes o sus representantes legales, distribuidores o importadores de buses.
|
"- Presentacion de solicitud y antecedentes técnicos
- Ensayos de aspectos dimensionales y funcionales y de Ruido
- Emisión de Certificado"
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
"- Certificación de emisiones de ruido de buses de locomoción colectiva urbana o rural $ 72.791.
- Acreditación de requisitos dimensionales y funcionales del artículo 7º del D.S. Nº 122/91 del MTT $ 312.706
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |
| Homologación Individual de Vehículos de Importación Directa
|
"Todos los vehículos livianos, medianos y motocicletas, importados por una misma persona de un mismo modelo y que no exceda de tres unidades, y que estén solicitando su primera inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil, deben acreditar las normas de emisión y de seguridad vigentes a la fecha.
El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) acredita el cumplimiento de las normas de emisión y de seguridad de los vehículos nuevos importados.
Si el vehículo cumple íntegramente con dichas normas se entrega un Certificado de Homologación Individual, y que reemplaza la primera revisión técnica, para que posteriormente pueda obtener el sello verde en los municipios.
"
|
Cumplir con las normas de emisiones de contaminantes definidas en el Decreto Supremo 211/1991 (vehículos livianos), Decreto Supremo 54/1994 (vehículos medianos) y Decreto 104/2000 (motocicletas) todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y con las disposiciones de seguridad definidas por la Ley del Tránsito y el Decreto Nº 26/2000.
|
"• Copia simple de Declaración de Importación (emitido por el Servicio Nacional de Aduanas).
• Certificado de Cumplimiento de Norma de Emisión vigente y al tipo de vehiculo importado.
• Formulario de Solicitud de Homologación Individual para vehículos nuevos de importación directa (puede retirarse en recinto del 3CV o solicitado vía correo electrónico o fax).
"
|
Personas naturales o jurídicas que importan vehículos nuevos en forma directa.
|
"1. El usuario debe entregar en recinto de 3CV lo siguiente:
• Copia simple de Declaración de Importación (emitido por el Servicio Nacional de Aduanas).
• Certificado de Cumplimiento de Norma de Emisión vigente y al tipo de vehiculo importado.
• Formulario de Solicitud de Homologación Individual para vehículos nuevos de importación directa (puede retirarse en recinto del 3CV o solicitado vía correo electrónico o fax).
2. El usuario recibe carta de programqción con fecha y hora de presentación del vehículo, y ademas incluye el costo del servicio.
3. El usuario cancela en Tesorería de la Subsecretaría de Transportes (Amunategui 139, 9ºpiso) el costo del servicio.
4. El usuario presenta en recinto de 3CV el vehículo en día y hora programada con copia simple de factura o boleta por pago del servicio.
5. El vehículo es inspeccionado, y de resultar exitosa la isnpección, posteriormente se entrega al usaurio el Certificado de Homologación Individual del vehículo importado.
"
|
Centro de Control y Certificación Vehicular, ubicado en calle Vicente Reyes 198, comuna Maipu, Santiago.
|
Sí
|
Pesos
|
" Homologación individual de vehículo liviano, mediano o motocicletas $ 213.373.
Para otros servicios de homologación y/o certificación vehicular ver Decreto Supremo Nº33/2004. (http://www.subtrans.cl/subtrans/tresceve/costos.php)"
|
|
|
ver enlace |